By Grupo Kapte

Registro y Renovación en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE)

Las personas físicas o morales que prestan servicios especializados u obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, están obligadas a tramitar y obtener un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

El 21 de febrero de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las “Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo”. 

Los principales cambios relativos a las obligaciones de las personas físicas o morales sujetas a dicho acuerdo son los siguientes:

  • Deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
  • Deberán aportar, bajo protesta de decir verdad, pruebas de los servicios especializados.
  • Deberá estar contemplada en su objeto social y/o constancia de situación fiscal la actividad especializada.
  • Se les asignará un folio con el cual se le dará seguimiento al registro de renovación o registro de primera vez.
  • La STPS tendrá un plazo de 20 (veinte) días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud para dar respuesta; de no recibirse, el solicitante contará con 3 (tres) días hábiles para requerirla. De no recibirse contestación por parte de la STPS, el registro se tendrá por realizado.
  • En el aviso de renovación quedarán asentados: número de registro, número de folio de la actividad, el nombre del servicio u obra, y el nombre de la persona titular.
  • El registro tendrá vigencia de 3 (tres) años contados a partir de la fecha en la que las personas físicas o morales hayan quedado inscritas en el padrón sin importar que hayan realizado una actualización o modificación en su registro.
  • Quienes no renueven en el período señalado en el calendario establecido por la STPS se les cancelará el registro; sin embargo, podrán inscribirse nuevamente con posterioridad.
  • Los sujetos obligados deberán informar la renovación de su registro a sus beneficiarios de los servicios u obras especializadas.
  • La renovación del registro se podrá gestionar en la plataforma de la STPS ubicada en la liga electrónica: http://repse.stps.gob.mx donde se habilitará un módulo denominado: “Renovación de Registro”, para los sujetos obligados, quienes deberán realizar el trámite de conformidad con el calendario siguiente:

@ 2024 Grupo Kapte. Derechos Reservados. Consulta nuestro Aviso de Privacidad.

Menú
Contacto

Horario de atención:

de 9:00 a 14:00 h.

y de 16:00 a 19:00 h.

Built with love by Kevin Melgarejo | Multimedia Designer.